Plan de Facilidades de Pago para Determinados Contribuyentes.
Mediante la Resolución (AGIP) 107/2021 se establece que los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y/o del Impuesto sobre Patentes sobre Vehículos en General, que registren obligaciones tributarias en mora que superen el importe de Pesos un millón quinientos mil ($1.500.000) y hasta la suma de Pesos dieciocho millones ($18.000.000), cuyos vencimientos originales hubieran operado en el período comprendido entre el día 1° de enero de 2019 y el día 30 de octubre de 2020, ambas fechas inclusive, podrán adherir al plan de facilidades de pago de la citada norma.
Podrá acceder a los beneficios, términos y condiciones haciendo clic aquí
Fuente: www.triviasp.com.ar
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