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AFIP modificó el régimen de facilidades de pago para seguridad social y aduana


La Administración Federal de Ingresos Públicos estableció modificaciones al régimen de facilidades de pago de carácter permanente que permite regularizar las obligaciones impositivas de los recursos de la seguridad social o aduaneras, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de este organismo. La medida fue oficializada este jueves mediante la resolución general 4431/2019, publicada en el Boletín Oficial.

"En virtud del análisis efectuado respecto del contenido y alcances de la referida resolución general, se torna aconsejable realizar determinadas adecuaciones normativas, sin desnaturalizar el espíritu del régimen de facilidades de pago", manifiesta el texto oficial.

Según la nueva medida, las tasas de interés de financiamiento a aplicar se detallan en cuanto a su metodología de cálculo y se publicarán periódicamente en el sitio web de este organismo http://www.afip.gob.ar.

Respecto de las tasas de interés de financiamiento de los planes de facilidades de pago correspondientes a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1, no podrán superar el 3% efectivo mensual. Deuda impositiva y de los recursos de la Seguridad Social, incluidos aportes personales de trabajadores en relación de dependencia.

Será de cuatro la cantidad máxima de cuotas para los planes que incluyan obligaciones del impuesto al valor agregado o de los recursos de la seguridad social – empleadores, en cuanto a aportes y contribuciones, cuya declaración jurada haya sido presentada a partir del primer día del mes siguiente al vencimiento general fijado del período de que se trate.

De esta manera, según la medida de AFIP comunicada hoy lo indicado resultará de aplicación respecto de las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal o período devengado febrero de 2019 y siguientes. Así, esta resolución general que cuenta con la firma del administrador federal de ingresos públicos Leandro Germán Cuccioli entrará en vigencia a partir de mañana.

[Fuente: www.elintransigente.com]

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