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Renta financiera: cuánto vas a pagar por un plazo fijo


El Gobierno reglamentó las modificaciones en Ganancias.

El gobierno de Mauricio Macri reglamentó este jueves modificaciones en el Impuesto a las Ganancias, entre los que se encuentra un tributo sobre la renta financiera que alcanza a plazos fijos, acciones, bonos y alquileres.

Con un texto muy complejo a raíz de una redacción rebuscada e incomprensible para los contribuyentes que no estudiaron contabilidad, la reglamentación cayó en uno de los peores momentos para el sector financiero.

El Gobierno, en un intento casi desesperado por mejorar la recaudación, elevó la presión impositiva principalmente sobre la clase media, después de un año de licuación por doble vía: inflación y devaluación.

La reglamentación se oficializó a través del decreto 1.170 publicado este jueves en el Boletín Oficial, un día hábil antes de que finalice el año, lo que afecta a decisiones de inversión que tomaron los argentinos con hasta 360 días de anticipación.

La reforma tributaria impulsada por Cambiemos en 2017 y con respaldo de un amplio sector del peronismo incluyó medidas que impactan directamente el rendimiento de las inversiones inmobiliarias y financieras por parte de personas físicas y sucesiones indivisas de residentes en el país.

Por un lado, se eliminó el impuesto a la transferencia de inmuebles y se gravaron las Ganancias por venta de inmuebles adquiridos luego de la reforma (excepto casa-habitación) en un 15 por ciento.

Si una persona compró una casa en enero de 2018 a 100.000 dólares y la vendió en, por ejemplo, agosto a 110.000, tendrá que pagar el 15 por ciento del impuesto por esos 10.000 dólares que obtuvo de ganancia.

Por otro lado, las rentas financieras obtenidas por personas físicas residentes, antes exentas, pasaron a gravarse con alícuotas diferenciales del cinco por ciento si están en pesos y del 15 por ciento si están en dólares a partir de una renta nominal anual mínima de 66.917,91 pesos anuales.

Este le pega de lleno a la clase media. Si, por ejemplo, una familia estaba ahorrando peso a peso para comprar un auto y tiene 186.900 pesos en un plazo fijo con una tasa anual del 36 por ciento, deberá pagar el Impuesto a la Renta Financiera.

En un año en el que las variables explotaron por la crisis financiera, la tasa de interés promedio para un plazo fijo fue de 31 por ciento. Por ello, si alguien depositó 325.000 pesos en un plazo fijo a principios de 2018, habrá obtenido 100.000 pesos de intereses.

Entonces, como la reglamentación del impuesto es retroactiva, la cuenta que hay que hacer es la siguiente: a los 100.000 pesos se le descuenta el mínimo no imponible de 66.917,91 pesos.

Es entonces sobre los restantes 33.082,09 pesos que el ahorrista deberá pagar una alícuota del cinco por ciento del Impuesto a las Ganancias para la renta financiera, es decir, unos 1.654 pesos irán a parar a las arcas públicas. Lo peor de todo es que el Gobierno no permite descontar la inflación, por lo que el ahorrista se termina descapitalizando.

No obstante, el Poder Ejecutivo Nacional podrá elevar la alícuota de cinco por ciento que les cobrará a los plazos fijos en pesos de acuerdo con las condiciones económicas imperantes, no pudiendo exceder del 15 por ciento, explicaron a este diario desde el ministerio de Hacienda.

Con estos cambios, el Gobierno prevé recaudar el equivalente al 0,17 por ciento del producto bruto interno (PBI) en 2018 y 2019 y 0,22 por ciento en 2020, 2021 y 2022.

Se mantuvo la exención para compraventa de acciones, incluyendo Fondos Comunes de Inversión con acciones como instrumento principal, que se negocien dentro del territorio nacional.

Para instrumentos de renta fija no se gravaron diferencias de cambio ni ajustes por UVA, CER, entre otros. Se mantuvieron alícuotas y tratamientos existentes para inversiones en el exterior de residentes.

Para beneficiarios del exterior se estableció la exención para acciones con presencia bursátil y negociadas localmente (de acuerdo con el proyecto de ley de mercado de capitales) y para ADR. Se mantuvo la exención para títulos públicos y ON con oferta pública.

[Fuente: www.lavoz.com.ar]

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