La AFIP oficializó la modificación del régimen de planes de facilidades de pago excepcional incorporándose la reformulación de planes vigentes consolidados y los intereses punitorios.
La medida se dio a conocer a través de la resolución general 4303 publicada en el Boletín Oficial. La flamante norma establece que podrán ser reformulados: 1. Los planes de facilidades implementados por las Resoluciones Generales 3.827 y 4.099 consolidados hasta el 30 de junio de 2018 y vigentes al momento de su reformulación. 2. Los planes de facilidades establecidos por la Resolución General 4.268, consolidados hasta el 14 de septiembre de 2018 y vigentes al momento de su reformulación. Dicha reformulación surtirá efecto desde el momento en que se perfeccione el envío del respectivo plan.
