Los monotributistas tienen tiempo hasta hoy para cumplir con la obligación ante la Afip de constituir y mantener actualizado el domicilio fiscal electrónico.
Los pequeños contribuyentes deberán manifestar su voluntad expresa mediante la aceptación y transmisión por Internet de la fórmula de adhesión aprobada en el Anexo IV de la Resolución General 2.109.
El domicilio fiscal electrónico es el sitio informático seguro, personalizado, válido y optativo registrado por los contribuyentes y responsables para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza.
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